He visto varios artículos sobre el proyecto de Ley de Igualdad de Trato, también conocido como «Ley mordaza», y lo primero que sorprende es que casi todos ellos son uniformes. Que cada cual reflexione sobre lo que esto puede significar. Por mi parte lo que sí puedo decir es que yo he sido discriminado una y otra vez por motivo de identidad de género y, como es lógico, soy proclive a dar la bienvenida a las medidas que puedan contribuir a que esta discriminación hacia mí y hacia otros cese. Como soy parte implicada, no puedo ser objetivo, de modo que animo a quien quiera una información completa, no sesgada y veraz, a leerse el proyecto de ley. Para los demás, aquí dejo una respuesta que he intentado publicar a la siguiente entrada del blog de un tal Elentir que, al parecer, es bastante conocido. (En el momento de escribir esta entrada, mi respuesta en tal blog no ha sido publicada. No es que me parezca mal que cada cual modere su blog como le de la gana, es para que nadie se rompa la cabeza buscándola).
Empezaré comentando esta entrada partiendo de la siguiente base: hay muchas personas a las que les parece totalmente disparatado que si antes a los maricones y demás gentuza (como yo, que soy transexual y bisexual) nos metían en la cárcel con la ley de vagos y maleantes, ahora ya no sólo tengamos los mismos derechos que los demás, sino que, además, hasta esté prohibido insultarnos. Un escándalo contra natura que pone el mundo al revés. Pobrecitos, que pena me dan. Estoy a punto de llorar y todo.
Pasando a los hechos objetivos del blog, el artículo 3 del proyecto de ley no señala: “Esta Ley se aplicará en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social” Enumera una serie de ámbitos para los que, en mi opinión, es necesario establecer esta ley, puesto que la discriminación, y además, muy gravemente. Los criterios de discriminación son:
Art. 2.1 «Nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad, o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social.» Muy similares a los que ya aparecen en el art. 14 de la Constitución.
Respecto al ámbito objetivo de aplicación, no incluye las páginas personales, así que, señor Elentir, puede usted estar muy tranquilo: podrá discriminar todo lo que quiera en su blog.
El artículo 4 sí incluye las palabras que usted blog escribe, pero, además, incluye otras muchas. Especialmente, el art. 4.2 establece una limitación a la no discriminación que es «No se considera discriminación la diferencia de trato basada en alguna de las causas previstas en el apartado primero del artículo dos de esta Ley derivada de una disposición, conducta, acto, criterio o práctica que pueda justificarse objetivamente por una finalidad legítima y como medio adecuado, necesario y proporcionado para alcanzarla.» De modo que, aunque fuese verdad que la ley especifica que no se puede establecer discriminación por razón de idioma (que no lo hace, por cierto), la limitación del uso de idiomas quedaría justificada por el objetivo del bog, que parece ser «engañar sobre el conenido de los proyectos de ley a los lectores de habla española, transmitiendo información falsa». Si el objetivo fuese «establecer una comunidad de usuarios de Linux», no sería considerado como discriminación el moderar los comentarios de alguien que estuviese constantemente hablado de Windows, así que los usuarios de Linux también pueden estar tranquilos.
La interpretación que hace usted del artículo 5 sobre discriminación indirecta, es disparatada. La discriminación indirecta no significa establecer criterios para animar a la gente a que cometa actos de discriminación. Un ejemplo de discriminación indirecta podría ser lo que me pasa a mí cuando voy a cualquier centro médico y se me llama por mi nombre legal: en ese momento se hace público un dato de mi expediente médico (que soy transexual) al mismo tiempo que se vulnera mi derecho a la propia imagen e incluso al honor. Sin ir más lejos, el martes pasado fui a hacerme un análisis de sangre al ambulatorio de mi pueblo, y cuando una de las pacientes me vio, se echó a reir. Gracias a esta ley podré exigir en los hospitales que dejen de llamarme de esa manera, cosa que, en estos momentos, no tengo derecho a solicitar, puesto que los nombres y apellidos que figuran en el DNI son un dato público. Lo que pasa es que como usted no debe haber sufrido nunca una discriminación real, no comprende a qué va referida la ley. O quizá está usted dentro del grupo de los que opinan que la gentuza como yo no debería poder tener los mismos derechos que las personas decentes.
La interpretación referente al artículo 10 también es absurda, empezando porque este blog está fuera del ámbito objetivo de aplicación (claro que como usted empezño diciendo una mentira del tamaño de un tolebús al mencionar el artículo 3 que especifica el ámbito de actuación, pues… en su mundo ficticio, sí se podría interpretar así). La realidad es que el artículo 10 está pensado para proteger a personas como una amiga mía, que está denunciando a su médico porque se niega a darle los tratamientos sanitarios que están prescritos en su caso, a no ser que se vista como a él le guste, y eduque a sus hijos y se relacione con su mujer como el médico diga. Muchas otras pacientes de este médico están en la misma situación, pero ninguno se atreven a denunciar no vaya a ser que les retiren los tratamientos. Con esta ley, podrán denunciar sin miedo. Claro que también es posible que usted opine que la gentuza como yo, aunque pagamos impuestos, no deberíamos tener derecho a la salud.
En fin, no sigo con el resto, porque va todo en la misma linea. Enhorabuena por la entrada, que está siendo muy leida y mucha gente se la está creyendo, aunque lamento informarle de que la gran mayoría de la población de este país está en contra de la discriminación. Por lo general, las leyes antidiscriminación de nuestro Gobierno son completamente ineficaces, como la ley contra la discriminación de la mujer, o la de la violencia de género, pero esta precisamente, es una ley necesaria, útil y bien hecha, que servirá para frenar la discriminación que muchos venimos sufriendo desde hace ya demasiado tiempo. Eso, claro, molesta y da mucho miedo a los que discriminan.
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Añado aquí, en mi propio blog, las siguientes observaciones:
No es cierto que el artículo 28 invierta la carga de prueba. El artículo 28.1 indica que cuando se haga una acusación basada en indicios suficientes, la parte denunciada tendrá que justificarse. Es decir, que yo, para denunciar a alguien, tengo que presentar pruebas, y si mis pruebas son convincentes (con lo cual ya superaríamos la fase de presunción de inocencia), entonces la parte denunciada tendrá que defenderse. ¡Pues claro! ¿Qué quieren, que la parte denunciada no se pueda defender? Pero la ley va aún más allá y señala que para los procesos penales y los procesos administrativos sancionadores no se aplicará lo establecido en esta ley, por lo que se aplicará el procedimiento normal para todos los casos.
Sin entrar en más detalles, las supuestas interpretaciones que he visto en otros artículos que señalan que esta ley es para censurar blogs por la cara, sin jueces ni nada, tampoco son ciertas. Para empezar, la eliminación de contenidos de una página de internet tendrá que ser ordenada por un juez, si el juez opina que es necesario, y con sujección a ciertas limitaciones. El proceso administrativo relativo a los actos discriminatorios será llevado, como siempre, por la administración (sin participación del juez), aunque, como siempre, contra la resolución de la Administración siempre cabrá interponer un recurso en los juzgados de lo contencioso-administrativo. Como siempre, los ciudadanos estamos bastante indefensos ante la arbitrariedad de la Administración, pero eso no es culpa de esta ley, sino, sobretodo, de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y Proceso Administrativo Común, que es la que lleva esas cosas.
La pena es que la fachaopinión se difundirá mucho más que mi opinión, pero así es la vida… El día 17 de mayo fue el día contra la homofobia y la transfobia, dos semanas más tarde aquí estamos, teniendo que defender la primera ley que se hace específicamente para evitar que nos discriminen (lo cual demuestra que la discriminación existe).
El blog de Elentir es bastante conocido. No me había enterado de este tema y, al ver que te referías a él, he leído su entrada primero y luego la tuya. De vez en cuando leo su blog y no creo que Elentir pueda ser calificado de facha ni creo que sea una persona que esté por la discriminación de nadie. Tampoco esperaría de él que tergiversara la realidad a propósito. Lógicamente se podrá equivocar al interpretar el alcance, los motivos o la importancia de una ley, como todos. A menos que no le haya llegado tu comentario por algún problema técnico yo apostaría porque lo publicará y casi seguro que te contestará.
Espero que no te parezca que le defiendo y que te llevo la contraria. No es así: me parece razonable lo que le dices en tu comentario y solo apunto que no creo que haya maldad tras sus actos.
Sobre el fondo del asunto no puedo opinar porque solo sé lo que os he leído a vosotros. Supongo que la clave de los diferentes puntos de vista está en discernir si por un fin justo y razonable se pueden acabar limitando arbitrariamente derechos individuales también justos y razonables. Me parece clave el hecho de que discrepáis de forma evidente en el ámbito de aplicación. Para poder formarme una opinión tendría que saber a ciencia cierta de qué forma esta ley afectará a la libertad de opinión y de expresión.
Si tú sigues a Elentir y opinas que no actúa con maldad, habrá que darle el beneficio de la duda. Tal vez se haya documentado mal, y en vez de leer directamente el proyecto de ley, haya leido sólo comentarios al mismo, o haya leido el anteproyecto, que quizá fuese ligeramente distinto. O a lo mejor es que no se fía de que el Gobierno pueda hacer una sola cosa bien (comprensible) y está tan empeñado a encontrar los tres pies al gato (yo también estoy esperando a ver cual es la trampa, la verdad) que ve fantasmas donde no los hay.
Del comentario, sin embargo, creer que se ha perdido por problemas técnicos supondría hacer un acto de fe semejante a creer que Dios creó el mundo en siete días, a pesar de las pruebas que la ciencia tiene en contra de este mito bíblico. No voy a explicar detalladamento por qué sé que mis dos respuestas (no una, dos) no se las ha comido el servidor, porque parecería que pienso que está mal que Elentir modere los comentarios de su blog. Desconozco los motivos por los que lo haya podido hacer: quizá ha sido, simplemente, por evitar una batalla campal de comentarios. En cualquier caso, también debería llegarle el trackback del enlace que he puesto aquí, así que tal vez se pase por aquí y quiera explicar qué ha pasado con esos comentarios.
Si quieres te paso el proyecto de ley, es que lo tengo en PDF y no tengo un enlace para publicarlo aquí. Es muy sencillo de leer.
Tanto como seguirle, no, pero sí entro ocasionalmente a leer el blog. No me parece el tipo de persona que se inventa las cosas. No he leído todos los comentarios de su entrada pero en alguno dice que no conoce el texto final porque no lo ha visto publicado en el BOE de hoy, pero que no cree que cambie mucho respecto de las versiones (sacadas de la propia web del ministerios, según ha puesto en un comentario) en las que él basa sus comentarios.
Es posible que haya frases en el texto legal que él interprete como puertas abiertas a que la ley se aplique donde no debería (o donde sí debería ser aplicada, porque seguro que hay situaciones como mínimo discutibles). Fíjate que el ámbito de aplicación de la ley (artículo 3 del anteproyecto) dice: «Esta ley se aplicará en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social, especialmente, en las siguientes esferas: […]«. En todas partes, con especial mención a algunas. Aparte de que sobra una coma, y eso hace que no se entienda muy bien, no hay porqué pensar que un blog privado queda fuera del ámbito de aplicación de la ley. Si debe quedar fuera o no es cuestión aparte.
Respecto de los comentarios que no han aparecido (o que han desaparecido), me extraña, la verdad. Si lees un poco los comentarios verás que no solo hay comentarios de apoyo, sino que también los hay críticos.
Cambiando un poco de tema, hace poco he escuchado la definición de un cierto concepto: «Respeto irrestricto por los proyectos de vida de otros». Más importante que lo que ese señor estaba definiendo con esas palabras, me gusta como idea. Bueno, no es que quiera desviar la atención del tema de tu entrada, simplemente lo escuché y lo comparto antes de que se me olvide.
Eso lo explica todo. El comentario al que Elentir responde le dice que el texto que ha usado para comentar está obsoleto. Elentir ha usado el texto del anteproyecto, pero el texto que finalmente se presentará, el proyecto de ley, como han señalado en los comentarios, es mucho más «descafeinado» para unos, y para mí, mucho más correcto y respetuoso de la seguridad jurídica (no estaría de acuerdo con un texto que para luchar contra la discriminación provocase inseguridad jurídica). El artículo 3 del proyecto de ley lo que dice es:
El comentario de «no lo he encontrado en el BOE» me sorprende. Hasta donde yo sé, los textos de los proyectos de ley no se publican en el BOE, sino en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de cara a su debate en el Congreso para su tramitación. A lo mejor me equivoco… pero… ¿No será que el problema aquí ha sido que este señor no tiene mucha idea de en qué jardines se ha metido y está hablando como si supiera de algo sobre lo que en realidad no sabe? En cualquier caso, no me parece que la ignoracia justifique un ataque virulento contra una ley que por el momento está bien redactada, y que para muchas personas es vital, literalmente.
No hagamos más elucubraciones sobre los comentarios: nunca lo sabremos. Yo paso de enviar un tercer comentario para preguntar. Si quiere que venga él y nos lo cuente.
Lo de respeto irrestricto suena bien en principio, pero no sé si lo entiendo bien. A ver si te animas y me lo explicas con más detalle.
Respetar de verdad, sin límites, el proyecto de vida de los demás.
Sin prestar demasiada atención a la literalidad de la definición, la vida sería mejor si nos diéramos cuenta de que no deberíamos tener poder sobre el «proyecto de vida» de otras personas, que cada uno tiene derecho a vivir su vida como estime oportuno. ¿Respeta el proyecto de vida de los demás el médico que exige el test de la vida real como condición sine qua non para autorizar una intervención quirúrgica? ¿Respeta el proyecto de vida de los demás el que cree que la única unión matrimonial que debe existir es entre hombre y mujer? ¿No es eso decidir sobre cómo deben ser los proyectos de vida de los demás? ¡Qué más me da con quién se case el vecino o vecina del quinto! ¿Acaso es mi vida? ¿Respeta el proyecto de vida de los demás el que decide operar a un@ niñ@ intersexual? ¿Por qué debería importarme que alguien no sienta necesario identificarse con las etiquetas hombre/mujer para ser feliz? ¿No es su vida? Pues que la viva como estime oportuno.
Si no te respeto te pongo unas normas injustas, te obligo a hacer cosas que no quieres hacer y que pueden dañar gravemente tu proyecto de vida. Si no te respeto te niego la posibilidad de decidir por completo sobre tu cuerpo. Si no te respeto niego que ser como eres sea «normal» o sano. ¡Cómo si yo pudiera decidir eso sobre la vida de otro!
No es solo es aceptar al otro como es: es que no hay que aceptar a nadie ni dejar de aceptarlo, no es cuestión de bondad ni de caridad, es que cada uno es dueño de su vida y no debería sufrir en ella más interferencias que las estrictamente necesarias.
Incluso los hijos/as tienen desde que nacen su propio proyecto de vida y la labor de los padres debería ser tratar de respetarlo al máximo. Hay que tener presente dónde acaba nuestro proyecto y dónde empieza el de los demás.
Reconozco que no he leído el texto de la ley, pero alucino conque el gobierno de las cuotas haga una ley contra la discriminación. Acaso un hombre que opte a un determinado puesto y que no lo logre porque un cierto número de plazas tiene que ser cubierto por mujeres, ¿no está siendo discriminado por ser hombre? ¿Y eso lo establece el mismo gobierno que aprueba una ley de no discriminación?
Los derechos son de las personas, no de los grupos sociales.
Las cosas como son: yo también estoy sorprendido.
Sin prestar demasiada atención a la literalidad de la definición, la vida sería mejor si nos diéramos cuenta de que no deberíamos tener poder sobre el “proyecto de vida” de otras personas, que cada uno tiene derecho a vivir su vida como estime oportuno. ¿Respeta el proyecto de vida de los demás el médico que exige el test de la vida real como condición sine qua non para autorizar una intervención quirúrgica? ¿Respeta el proyecto de vida de los demás el que cree que la única unión matrimonial que debe existir es entre hombre y mujer? ¿No es eso decidir sobre cómo deben ser los proyectos de vida de los demás? ¡Qué más me da con quién se case el vecino o vecina del quinto! ¿Acaso es mi vida? ¿Respeta el proyecto de vida de los demás el que decide operar a un@ niñ@ intersexual? ¿Por qué debería importarme que alguien no sienta necesario identificarse con las etiquetas hombre/mujer para ser feliz? ¿No es su vida? Pues que la viva como estime oportuno.Si no te respeto te pongo unas normas injustas, te obligo a hacer cosas que no quieres hacer y que pueden dañar gravemente tu proyecto de vida. Si no te respeto te niego la posibilidad de decidir por completo sobre tu cuerpo. Si no te respeto niego que ser como eres sea “normal” o sano. ¡Cómo si yo pudiera decidir eso sobre la vida de otro!No es solo es aceptar al otro como es: es que no hay que aceptar a nadie ni dejar de aceptarlo, no es cuestión de bondad ni de caridad, es que cada uno es dueño de su vida y no debería sufrir en ella más interferencias que las estrictamente necesarias.Incluso los hijos/as tienen desde que nacen su propio proyecto de vida y la labor de los padres debería ser tratar de respetarlo al máximo. Hay que tener presente dónde acaba nuestro proyecto y dónde empieza el de los demás.
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Muchas gracias por el comentario Glennis. Ha tardado en salir porque, por algún motivo, se fue a la carpeta de spam…