Rajoy a veces promete, a veces propone, y a veces sugiere cambiar la ley del matrimonio, para que los matrimonios heterosexuales se llamen matrimonio, y los matrimonios homosexuales, se llamen unión civil (no sé yo que manía tiene este señor con cambiar una ley que no hace daño a nadie, y sí beneficia a muchas personas, pero no viene al caso).
Lo que no aclara Rajoy, ni, de paso, ninguno de los detractores del matrimonio homosexual, es qué es un matrimonio homosexual. Obviamente, no lo aclaran porque creen que no es necesario: un matrimonio homosexual es un matrimonio entre personas del mismo sexo.
Si a alguien se le ocurriese preguntar qué criterio se va a elegir para decidir cual es el sexo de una persona, seguramente habría un instante de duda, y luego se respondería que, no sin ciertos reparos, que el criterio sería el sexo registral. Al margen quedarían, pues, las clasificaciones que pudiesen hacerse según otros criterios. Por ejemplo, en mi caso, la Iglesia católica sostiene que soy indudablemente mujer, mientras que mi propia percepción es la de que soy un hombre (aunque a veces no tan hombre). Según mis médicos de la UTIG, cuando terminen conmigo, seré un hombre transexual, y entendiendo la intersexualidad de manera amplia, soy intersexual, pues mi cuerpo presenta características tanto de hombre como de mujer.
Pero aceptamos barco como animal acuático, y sexo registral como sexo a efectos del matrimonio. Entonces ocurren dos cosas, que, al parecer, todo el mundo olvida cuando habla de matrimonio homosexual, y es que:
1) Hay personas que están en disposición de elegir su sexo. Aquellas que cumplen con los requisitos necesarios para solicitar la rectificación de sexo legal, pero no están obligadas a hacerlo.
2) Hay personas que, efectivamente, cambian o rectifican su sexo registral.
El sexo registral no es inmutable, sino que puede cambiar al menos una vez a lo largo de la vida (no sé qué ocurriría si alguien “retransicionara”, pero supongo que los requisitos serían los mismos cuantas veces se hiciese la transición). Además, puede cambiar independientemente del estado civil de la persona.
Esto último que he dicho, no es cierto en todos los países europeos. Hay países en los que para cambiar la mención registral de sexo no se puede estar casado. El Comisario de Derechos Humanos de la Unión Europea, así como diversas organizaciones, han denunciado una y otra vez esta clara violación de los derechos humanos de las personas trans. Pero en España, el estado civil no se considera como un factor a tener en cuenta para solicitar la rectificación de la mención de sexo en el Registro Civil.
De modo que una persona que se hubiese “matrimoniado” con otra de distinto sexo, podría cambiar su sexo civil, convirtiendo ese matrimonio en un matrimonio “irregular”. Lo mismo podría ocurrir a una persona que se hubiese “unido civilmente” a otra del mismo sexo, y que cambiase de sexo, haría que su unión civil fuese también “irregular”.
En Reino Unido han solucionado este problema declarando nulos los matrimonios anteriores a la rectificación de sexo, por incapacidad de uno de los contrayentes, con la consiguiente desprotección de los hijos, división patrimonial, etc.
Supongo que la base de esta idea es que al “rectificar” el sexo, el Estado está admitiendo que la mención inicial era errónea, y que la persona siempre había sido hombre o mujer. Y puesto que se reconoce que fuiste hombre o mujer desde el momento de tu nacimiento, significa que contrajiste matrimonio sin poder contraerlo. Si te casaste con una mujer, siendo tú mujer, y aprovechando un error del registro para ello, ese matrimonio es nulo.
Lo que no te explica nadie es cómo debiste casarte en primer lugar para hacerlo bien y que no fuese nulo, teniendo en cuenta que rectificar la mención registral de sexo no es tan fácil. ¿Tal vez el Gobierno británico opina que debemos esperar a formar una familia hasta que decidamos que sexo registral definitivo queremos tener?
Se puede dar entonces un caso como el de aquella mujer transexual alemana, que, tras haber intentado cambiar su sexo registral sin conseguirlo, decidió casarse con su pareja, otra mujer, que, además, legalmente es mujer. Siendo dos mujeres, decidieron que lo mejor era solicitar una “unión civil”, pero ¡oh sorpresa! Resulta que si el matrimonio es exclusivo para los heteros, la unión civil es exclusiva para los homos, con lo cual dos personas de distinto sexo no pueden acceder a esta forma de “casamiento”, lo que, en este caso hacía todavía más evidente que una de las dos personas que componían esa pareja es transexual.
Podrían darse incluso situaciones, como, por ejemplo, un matrimonio entre un hombre y una mujer, transexuales ambos, pero que en el momento del matrimonio ninguno de los dos hubiese rectificado su sexo registral. Luego, uno de ellos podría realizar esta rectificación, con lo cual habría que cambiar el matrimonio por una unión de hecho, al ser dos personas del mismo sexo, y luego, el otro podría hacer su propia rectificación, con lo que nuevamente deberían regresar al matrimonio. O justo lo contrario: una pareja homosexual, en la que uno de los dos cambia de sexo, y luego cambia el otro, creando una secuencia “unión civil” – “matrimonio” – “unión civil”. Este tipo de relaciones ocurre con una frecuencia relativa, así que no es un imposible, sino una situación que debe tenerse en cuenta…
…y eso que no he hablado de la posibilidad de “retransicionar” y cambiar de sexo dos veces.
Todo esto me lleva a que la idea de cambiar el nombre para “preservar el significado del matrimonio”, no sólo no es inocua, sino que, podría conllevar muchos problemas a las personas trans, que ya tenemos suficientes sin necesidad de resucitar asuntos que ya estaban resueltos. También muestra lo estúpidamente ridículo y estrambótico que es basar el nombre de un estado civil en el sexo de una persona, como si eso supusiera alguna diferencia. ¿No se supone que todos los españoles somos iguales sin que quepa discriminación por razón de sexo?
Lamentablemente no es Rajoy solo. Hay un porcentaje nada despreciable de la gente de derechas que no puede entender que una persona homosexual/transexual pueda casarse igual que se casa él/ella. Lógicamente es preocupante que Rajoy, que puede llegar a ser presidente del gobierno, simpatice con esas ideas retrógradas, cerriles y descaradamente homófobas. Razón más que suficiente para no votarle.
En cualquier caso, si llega a gobernar, tengo la esperanza de que no se atreva a cambiar las cosas por miedo a la respuesta social que sin duda se produciría. Pero no deja de ser un deseo…
¡Hay que ver! Jamás me había parado a pensar en lo complicada que es esta cuestión para los trans. Cuando nos metemos en estos debates siempre pensamos en la dicotomía homo/hetero y dejamos ese asunto por alto y ya ves, fallo grave, porque tiene unas implicaciones tremendas para vosotros. Leerte abre mucho la mente, que lo sepas 🙂
¡Gracias! Realmente todas las cuestiones relacionadas con el género (es decir, casi todas las cosas en la vida) demuestran su absurdez en el momento en que se toma consciencia de que el sexogénero no es natural e inmutable, sino construido y mutable.
¿Tú no me ibas a mandar un mail? No importa, ahora yo también tengo tu dirección. ¡MUAHAHAHAHAHAHAHA!
¡Te he mandado dos! Uno a la dirección que me aparece cuando me escribes en el blog y otro al correo que aparece en tu perfil. Échale un ojillo a la carpeta de no deseados, anda 🙂 a mí me ha ocurrido alguna vez 😀